Urrutia Libarona, Iñigo (2004) El régimen jurídico del euskera en el sistema educativo. Other thesis, Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea.
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La investigación trata de servir de contribución al estudio del estatus jurídico del euskera en los diferentes territorios donde se utiliza, analizando el derecho a su conocimiento a través del medio escolar. Se trata de un estudio de derecho lingüístico que cuenta con dos coordenadas. La primera definida por el ámbito territorial del euskera a los dos lados de la frontera (CAPV, CF de Navarra e Iparralde). La segunda definida por su objeto: el análisis de las garantías jurídicas vinculadas al aprendizaje del euskera.
La investigación se divide en siete capítulos y unas conclusiones finales. El capítulo 1 se dedica a la historia del euskera en el sistema educativo. El objetivo es analizar los caracteres de la relación entre la lengua y la educación a través de la historia, que sirva de aportación, desde la perspectiva jurídica, al estudio del modelo histórico de alfabetización en Euskal Herria. Se examinan las diferentes políticas lingüísticas vehiculadas a través del sistema educativo (siglos XVIII, XIX y XX) y su repercusión sobre la situación del euskera tanto en Iparralde como en Hegoalde.
El capítulo 2 desarrolla las garantías educativas de las minorías lingüísticas en la normativa internacional. Se presta especial atención a la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias de 1992, destacando el valor interpretativo de la misma sobre el régimen jurídico del euskera y en particular las novedades sustantivas que presenta sobre el estatus educativo del euskera.
El capítulo 3 trata sobre las garantías educativas de la cooficialidad lingüística. El sistema de oficialidad compartida exige de los poderes públicos que garanticen a todos los escolares el conocimiento efectivo de ambas lenguas oficiales. El objetivo marcará la medida de la integración, es decir, el grado de intensidad de su enseñanza-aprendizaje, pudiendo ser necesaria una presencia vehicular concreta para garantizarlo. El aprendizaje del euskera no puede venir condicionado por la voluntad de los ciudadanos. El estatus de cooficialidad adquiere una dimensión material tendente a configurar, mediante el sistema educativo, un bilingüismo integrado, una sociedad bilingüe conformada por ciudadanos bilingües.
El capítulo 4 enfoca la cuestión desde la perspectiva opuesta. Es decir, se parte del derecho fundamental a la educación y se analizan sus vertientes lingüísticas desde la perspectiva del euskera. La enseñanza trata de educar en la vida social y para la vida social, de ahí que en un contexto de convivencia de lenguas la integración lingüística se convierta en eje de adecuada socialización.
El capítulo 5 analiza el estatus del euskera en la Comunidad Autónoma del País Vasco. El aspecto más controvertido del sistema de la CAPV se encuentra en la constatación en numerosos estudios técnicos de déficits de capacidad lingüística en euskera por parte de los alumnos que finalizan su escolarización, principalmente a través del modelo A. Se trata de una situación que ha de ser corregida al resultar incompatible con el estatus compartido de oficialidad de las lenguas y con el principio de integración lingüística. Éste no puede dar lugar a la creación de dos comunidades separadas por una barrera lingüística. Ante esta situación se proponen ciertas líneas de reflexión jurídica y propuestas de futuro.
El capítulo 6 trata sobre el régimen del euskera en el sistema educativo de Navarra. En Navarra se asiste a un desarrollo progresivamente limitativo de los derechos lingüísticos, planteándose en términos impeditivos de las libertades lingüísticas y no en términos de integración social de las mismas como forma de garantizar el pluralismo lingüístico. Esta orientación de la política lingüística no encuentra soporte jurídico. Se analiza, en particular, el sistema de zonificación lingüística y también se presta atención a la situación jurídica de las Ikastolas en la zona no vascófona.
El capítulo 7 se dedica al régimen del euskera en el sistema educativo de Iparralde. Las últimas encuestas sociolingüísticas muestran que la pervivencia del euskera en este territorio está amenazada. Francia es un Estado unitario que no reconoce la existencia de derechos colectivos basados en consideraciones como la lengua. El análisis de la jurisprudencia del Consejo Constitucional lleva a concluir su carácter rígido y restrictivo. La precariedad del marco jurídico de desenvolvimiento de la enseñanza en lenguas regionales se evidencia en los recientes pronunciamientos del Consejo de Estado sobre la reforma de la enseñanza bilingüe en Francia. Dentro del actual contexto descentralizador surge la reflexión relativa a la conveniencia de crear un Departamento propio para Iparralde, dentro del que pueda desenvolverse un nuevo estatus para el euskera que garantice su aprendizaje escolar como medio para hacer posible su continuidad
Item Type: | Thesis (Other) | ||||||
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Subjects: | Juridical Science and Law > National law and legislation > Derecho administrativo Linguistics > Applied linguistics > Bilingüismo | ||||||
Divisions: | UPV/EHU > Derecho > Derecho Constitucional, Administrativo y Filosofía del derecho | ||||||
Contributors: |
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Date Deposited: | 24 May 2010 17:00 | ||||||
Last Modified: | 24 Aug 2010 13:16 | ||||||
URI: | http://edtb.euskomedia.org/id/eprint/5961 |
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