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El origen comunal de los helechales del noroeste del Pirineo navarro: de los repartos y ventas

Zubiri Jaurrieta, Amparo (2002) El origen comunal de los helechales del noroeste del Pirineo navarro: de los repartos y ventas. Other thesis, Universidad de Navarra.

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Abstract

La tesis tiene como objeto el estudio histórico jurídico de la propiedad del comunal navarro centrando el interés específico en la naturaleza jurídica del helechal, en origen, liecos ubicados en montes de titularidad vecinal en mano común. Es una de las varias y peculiares comunidades de bienes del derecho foral navarro. La investigación ha tenido un carácter dinámico ajustando el tránsito y evolución jurídica de estos bienes y sus derechos por la historia del Reino, incidiendo muy especialmente en los siglos XVIII y XIX.

El interés del trabajo vino suscitado por varios motivos, la falta de claridad del concepto, el singular cambio de titularidades, los conflictos judiciales que han venido generándose a causa de su calificación jurídica, junto a la falta de atención prestada por la doctrina foral a esta figura. A su vez, la regulación vigente de la institución a examen, responde a dos regímenes diferentes, el Civil, en línea a su carácter tradicional que ayuda a conservar de algún modo la esencia de su naturaleza histórica, y el Administrativo que da respuesta a los actuales planteamientos de los bienes comunales "típicos" de titularidad municipal.

Partiendo de estas premisas, quedan sujetas a estudio estas propiedades, eligiendo como marco la comarca fronteriza de Cinco Villas de la Montaña, al confluir en ella singulares factores que la hacen especialmente atractiva. Sumados a los físicos y climatológicos relacionados más estrechamente con la producción de la planta, hay otros jurídicos y económicos que incidieron en la evolución de su titularidad. De especial interés son los Privilegios otorgados por Carlos III el Noble al Valle de Lesaka en los que concede derechos sobre el monte y sus producciones facultando a los beneficiarios para regular los disfrutes. Asimismo reconoce la condición de hidalguía y franqueza a los vecinos del área, incidiendo su status en la especial autonomía del gobierno local y la evolución del régimen comunal. Hasta el siglo XIX el batzarre (Concejo abierto), como titular de los bienes, es quien gobierna y actúa como a su derecho conviniera en cada tiempo, competencias en las que posteriormente se subrogarán las Juntas de Veintena ya compartiendo la gestión y administración de los patrimonios comunales con los Ayuntamientos. De algunos se nos ha permitido reconocer hasta fechas recientes los usos, costumbres y normas sin que apreciemos reseñables influencias externas.

El análisis de las fuentes documentales utilizadas provienen del Archivo General de Navarra, del Archivo Administrativo de la Diputación Foral, de los Archivos Municipales de Arantza, Bera, Etxalar, Igantzi y Lesaka, además de la Real Casa de Roncesvalles.

A partir de este material se estructura el trabajo en dos partes:

La primera quedará dividida en dos capítulos. El que da comienzo profundiza en el concepto de helechal, etimología, denominación en euskera que no es unívoca, síntesis biológica y usos, situando estas superficies en el marco geográfico elegido, atendiendo a los aspectos de geografía física y humana que condicionan una economía de subsistencia mediante las producciones y el derecho de goce sólo del que tiene condición de vecino.

En el segundo capítulo parece necesario considerar la naturaleza jurídica de los bienes comunales en Navarra por razón de la originaría esencia del helechal. Se advierte una casuística variada que recorre de norte a sur el Reino con una diversidad de efectos sobre los sujetos con derecho a diferentes disfrutes, en función de su titularidad histórica y posterior evolución.

En la segunda parte del trabajo, el capítulo III recoge la normativa navarra de nuestro interés, tanto la de ámbito territorial como local, dividida en tres periodos históricos: hasta el año 1515 como Reino independiente, desde ésta fecha al año 1839-1841 bajo Corona de Castilla, y ya como provincia desde la Ley Paccionada de 1841 hasta la entrada en vigor del Reglamento para la Administración Municipal de 3 de febrero de 1928, elaborado según las bases del Real Decreto Paccionado de 25 de noviembre de 1925.

En el capítulo IV se analiza el contenido de los autos de repartos y licencias para efectuar en los liecos-helechales, replantaciones, roturaciones, cierres etc. y los efectos sobre los derechos que estas acciones generan, según se desprende de las fuentes documentales aportadas en el apéndice del trabajo, y contenidas en el "Libro de repartos de liecos" de la Villa de Igantzi/Yanci, junto a las escrituras que registran las ventas de helechales efectuadas durante los años 1727 a 1828

Item Type: Thesis (Other)
Subjects: Juridical Science and Law > National law and legislation
Divisions: UN > Derecho > Historia del Derecho
Contributors:
ContributionNameEmail
DirectorJoaquín Salcedo Izu,
Date Deposited: 24 May 2010 17:00
Last Modified: 24 Aug 2010 13:16
URI: http://edtb.euskomedia.org/id/eprint/5854

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